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Normas medioambientales, equiquetaje del producto y todas aquellas de relevancia para el sector de la distribución de gases

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REGLAMENTO CE Nº 1516/2007 DE LA COMISIÓN por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, requisitos de control de fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero
Reglamento CE nº 1494/2007 de la Comisión por elq ue se establecen, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento CE nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, la forma de etiquetado y los requisitos adicionales de etiquetado de los productos y aparatos que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.
  • Prevención ambiental: regimen a desarrollar por la Administración en materia de prevención para valorar de forma anticipada los efectos ambientales de un conjunto de actividades.
  • Calidad ambiental: en especial, gestión de residuos.
  • Disciplina Ambiental: sanciones e infracciones.

A fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente de los productos químicos peligrosos, la Junta de Andalucía publica esta Guía para poner de relieve y en conocimiento de los usuarios las exigencias legales que de su uso y manipulación se derivan.

  • Etiquetaje. ¿Que debe aparecer en la etiqueta del producto?
  • Ficha de Seguridad. Concepto. Contenido.
  • Anexo: Legislación.
file icon Leyes españolas de residuoshot!Tooltip 11/07/2007 Hits: 136

Incluyen a cualquier tipo de gas refrigerante en la lista europea de residuos peligrosos; definen exactamente el proceso de la gestión de los residuos, así como los requisitos de los productores de residuos, gestores, etc. Cualquier gas refrigerante sea del tipo CFC, HCFC ó HFC, se han de recuperar para su reciclaje o destrucción. Está prohibido ventear cualquier refrigerante a la atmósfera. Los instaladores han de estar inscritos en su correspondiente comunidad autónoma como pequeños productores de residuos.

También establecen las multas en caso de incumplir ésta reglamentación.

Este reglamento entró en vigor en junio de 2006 y los aspectos más importantes que contempla son los siguientes:

  • Se hace especial hincapié en la contención de las fugas de refrigerante HFC ; por ello se establecen una serie de controles periódicos a las instalaciones en busca de las fugas y su reparación: en función de la carga de HFC que lleve el equipo, mayor o menor será la frecuencia de éstos controles.
  • Obligación de llevar un registro de las cantidades añadidas, reposiciones, extracciones, etc, así como de la empresa o persona encargada de estas operaciones.
  • Todas las empresas o personas que se encarguen de estas operaciones de inspección y control deberán estar debidamente homologados.
  • Los propietarios de las instalaciones únicamente podrán contratar a empresas homologadas ó autorizadas.
  • Obligación de recuperar todos los HFC para su posterior reciclaje o destrucción.

Este reglamento entró en vigor el 30 de junio del año 2000 y sus puntos básicos son:

  • Prohibición de utilizar los CFC.
  • Prohibición de fabricar equipos que contengan HCFC a partir de unas fechas determinadas.
  • Prohibe la utilización de los HCFC vírgenes a partir del año 2010.
  • Prohibe la utilización de los HCFC reciclados a partir del año 2015.
  • Prohibe la emisión a la atmósfera de los CFC y HCFC, así como la obligatoriedad de su recuperación para su posterior reciclaje o destrucción.